¿Cómo proceder a un desahucio ante el impago de un local comercial?

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Son muchos los procesos abiertos de desahucio de un local comercial por impago de cuotas que no pudieron ser satisfechos por los problemas que dejó la pandemia de la Covid-19. Al paralizarse las actividades no esenciales en los primeros años de la crisis, muchos negocios no pudieron afrontar sus contratos de alquiler de locales y, por tanto, dichas empresas terminaron cerrando.

Otros tantos trataron de continuar pasados los meses de restricciones, con la dificultad de casi tener que empezar de cero en cuestión de facturación. La pandemia bajó persianas de muchos locales y, salvo la solidaridad de los arrendadores, poco se pudo hacer para cumplir con los contratos de alquiler. Ningún contrato contaba con cláusulas que protegieran al cliente por los efectos de una pandemia porque, simplemente, era una situación inaudita, totalmente inesperada.

Pero aquella etapa extraordinaria sucedió y además de los negocios, la otra parte afectada han sido los pequeños arrendadores. En la era post Covid algunos optaron por pactar suspensiones temporales de los contratos, otros apalabraron recortes temporales de las cuotas y los casos más acuciantes han derivado en la iniciación de procesos de desahucio por impago de alquiler.

local comercial cerrado

Trámites de un desahucio de un local comercial

El desahucio es la última opción que le queda al arrendador ante la imposibilidad de cobro de mensualidades. Este procedimiento se inicia desde un proceso judicial, con lo cual será necesario contar con la figura de un abogado especialista para que nos guíe en este proceso.

En la demanda interpuesta por la parte arrendadora se le pide al juez la resolución del contrato de arrendamiento del local comercial por falta de pago y la reclamación de rentas impagadas. En el relato, se explicarán los detalles de esa petición, adjuntando dicho contrato y si fuera necesario las escrituras del local.

Con una sentencia favorable y siempre que el inquilino no haya abandonado el establecimiento de manera voluntaria, se iniciara la fase de ejecución forzosa o desahucio. Todo ello sucede en un periodo aproximado de un mes (tiempo que varía en función de un juzgado u otro) cuando se emite el denominado decreto de admisión. En este decreto, aparecen las fechas de juicio y desahucio y se le notifica a todas las partes.

En caso de que el inquilino se oponga a la demanda, se celebraría el juicio y normalmente, si todo va por sus cauces, el juez dictará sentencia y ordenará desahucio del local comercial. A partir de este momento se pasaría a la fase del desalojo.

Reclamación de alquileres SIN desahucio

Al ser un proceso doloroso para todos, el desahucio se puede evitar desde la primera instancia judicial. Esta otra alternativa que tiene el arrendador está muy indicada si el inquilino ya ha abandonado previamente el local comercial. En este caso, la demanda se tramita para reclamar las rentas y los suministros impagados.

Las opciones que tendremos por delante es llevar a cabo un juicio verbal o un proceso monitorio, según se conozca o no la localización del denunciado.

firma de contrato

Actuando desde el contrato para mitigar riesgos

Volviendo a la casilla de salida, seguramente muchos procesos judiciales se pueden evitar desde la firma del contrato y, por supuesto, una buena selección de inquilinos y rentas del acuerdo. Una recomendación de los expertos inmobiliarios y jurídicos es cubrirnos las espaldas desde el primer momento en una concesión de nuestro local comercial.

En el contrato de alquiler cabe la posibilidad de incluir una cláusula en la que se informa al inquilino que se le puede inscribir en el fichero de morosos en caso impago de cuotas. Figurar en este archivo tiene sus consecuencias, ya que las empresas o entidades financieras dejan de financiar al individuo. La cláusula es una advertencia formal y a posteriori debe demostrarse que existe una deuda real.

Es cierto que esta cláusula no estaba muy extendida en España antes de la pandemia, pero tras ella cabe pensar en que su inclusión ha aumentado en los nuevos contratos de arrendamiento de locales por el efecto disuasorio que desprende.

El sector asegurador agiliza todo los procesos 

Sin duda, todos estos procesos suelen requerir tiempo y conocimiento por parte de los arrendadores. No es fácil meterse en estos temas si uno no está especialmente familiarizado. Es muy buena idea rodearse de especialistas y de opciones que nos protejan como arrendadores en estas vicisitudes. El mundo asegurador tiene respuestas para ello en forma de productos específicamente diseñados para los propietarios de locales comerciales.

Una póliza de este tipo puede solucionar todos los problemas anteriores de un plumazo al poder contar con todo lo relacionado con la defensa jurídica y la protección ante impagos del alquiler, entre otras cosas. Como si fuera una vivienda, los seguros de locales para arrendadores tienen el objetivo de proteger integralmente el patrimonio de personas físicas o jurídicas. Hablamos de una forma integral, ya que hay compañías que también se encargan de aconsejar al arrendador para seleccionar al inquilino ideal.

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