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Ante el aumento de las olas de calor y la creciente exposición de los trabajadores a temperaturas extremas, los expertos en prevención de riesgos laborales advierten que aún falta cultura preventiva en las empresas.

Desde Quirónprevención señalan que, pese a los avances normativos, la correcta evaluación del riesgo, el cumplimiento de medidas y la formación siguen siendo asignaturas pendientes. Las sanciones por incumplimientos pueden superar los 980.000 euros. Entrevistamos a Eduardo Moure, Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de Quirónprevención. 

Es innegable que la climatología actual está relacionada con episodios extremos. ¿Cree que existe cultura en las empresas sobre estas condiciones o ustedes como expertos siguen teniendo que hacer hincapié sobre ello? 

Sinceramente, estimo que esa cultura sobre cómo actuar durante los episodios de calor extremo se está forjando, aunque en mi opinión nos queda un largo camino hasta que su implantación alcance un nivel razonable o suficiente. 

Las olas de calor van a más y parece que cada vez serán más extremas. ¿Es suficiente todo lo que contempla la normativa actual, especialmente para los trabajos al aire libre? 

El marco legal puede ser suficiente (Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, que en su disposición final primera modifica el apartado 5 del anexo III del Real Decreto 486/1997); sin embargo, habrá que alcanzar un mayor nivel de implantación de las medidas que implican esas modificaciones, un mayor grado de cumplimiento de esas exigencias legales. 

Lo que echamos de menos los profesionales de la prevención de riesgos laborales (PRL) son las herramientas para evaluar el riesgo y proponer medidas preventivas. La mayoría de Institutos autonómicos de PRL y el propio INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo) disponen de portales específicos sobre esta temática. Sin embargo, los contenidos son genéricos, enfocados a la información y concienciación básicas. 

Hay alguna excepción como el documento “Criterios para el trabajo al aire libre en épocas de altas temperaturas” del INVASSAT valenciano (CT02-230302, edición julio 2023). 

Criterios como el “Heat stress work/rest schedules” de NIOSH (National Institute for Occupational Safety and Health), “A guide to heat stress in agriculture”, US EPA, Washington D.C. (703) 305- 7666, March 1994, aportan herramientas para el establecimiento de medidas organizativas basadas en la gestión del tiempo de trabajo, calculando ciclos de trabajo-descanso a partir de variables ambientales sencillas como la temperatura seca, la humedad relativa o el nivel de insolación. 

Las empresas deben reorganizar horarios y medir condiciones reales en el terreno

olas de calor

Cuándo interrumpir la jornada laboral por calor extremo

Ahondando en dicha norma, ¿en qué casos se debe interrumpir o modificar la jornada laboral? ¿Basta con una alerta naranja de AEMET para hacerlo obligatorio? 

Las alertas de AEMET para temperaturas extremas, descritas en el “Plan nacional de actuaciones preventivas de los efectos del exceso de temperatura sobre la salud 2025” del Ministerio de Sanidad, se centran en la aplicación de un algoritmo basado en la temperatura máxima de un lugar y la temperatura umbral de la correspondiente zona de meteosalud de referencia y la persistencia de valores por encima de dicho umbral durante varios días sucesivos.  La interrupción o modificación de la jornada debería incluir más parámetros: la humedad relativa, el consumo metabólico, el nivel de insolación… 

No valorar correctamente el riesgo por calor puede suponer sanciones de hasta 983.736 euros 

¿Qué barreras tienen identificadas en el cumplimiento efectivo de la legislación? 

Probablemente, la barrera más importante es la incorrecta valoración del nivel de riesgo para la salud de los trabajadores que implican las situaciones de calor extremo. 

Por parte de la administración, el desarrollo de campañas de concienciación combinadas con actuaciones de verificación de la correcta gestión del riesgo en las empresas a cargo de la autoridad laboral, contribuirían a eliminar esas barreras. 

Por hacernos una idea, ¿tienen cuantificadas las bajas laborales que se dan en España por causas de climatología extrema? 

Las estadísticas de accidentabilidad del Ministerio de Trabajo en el periodo 2013-2024: 

Estadisticas-Ministerio accidentes de trabajo con baja en jornada e in itinere, según gravedad, por descripción de la lesión

Estadisticas-Ministerio accidentes de trabajo con baja en jornada e in itinere, según gravedad, por descripción de la lesión

Los números de casos graves y mortales pueden parecer bajos en términos absolutos, pero es posible que otros casos graves y mortales en los que el estrés térmico por calor sea un factor determinante, por diversas razones, terminen clasificados en otros apartados. 

¿Qué errores o negligencias más comunes detectan en las empresas a la hora de gestionar el riesgo por calor? 

  • Una infravaloración de los riesgos asociados a los episodios de calor extremo. 
  • Una insuficiente concienciación sobre la gravedad de esos riesgos y los efectos graves que pueden producir. 
  • Una inercia importante en abordar la gestión de los horarios de trabajo en periodo estival. 

Es prioritario formar a los empleados sobre los síntomas del golpe de calor 

Cómo anticiparse a los riesgos en el trabajo provocados por el calor extremo

Más allá de las alertas de los servicios meteorológicos, ¿qué otras herramientas deberían tener las empresas para anticiparse a este tipo de riesgos? 

Las alertas se basan en temperatura seca y constituyen un buen instrumento básico de detección temprana de riesgo. 

La incorporación de la humedad relativa nos permite interpretar el nivel de riesgo en términos de sensación térmica, como en AEMET, Protección Civil, etc. Suele ser necesario incorporar también el consumo metabólico y el nivel de insolación. 

El documento “Criterios para el trabajo al aire libre en épocas de altas temperaturas” del INVASSAT, con las variables citadas, permite determinar el tiempo máximo diario de realización de un trabajo en unas condiciones determinadas. 

Los criterios “Heat stress work/rest schedules” de NIOSH y “A guide to heat stress in agriculture”, US EPA, Washington D.C. (703) 305-7666, March 1994, con las mismas variables, para niveles medio de riesgo, permiten establecer ciclos de trabajo-descanso sobre un tiempo de referencia de 1 hora. Además, también recomiendan una tasa de reposición de líquidos para mantener un correcto nivel de sudoración. 

La cultura preventiva se refuerza al integrar la seguridad laboral en el corazón de los procesos empresariales

Los trabajadores tienen que estar protegidos ante temperaturas altas

¿Cuáles son las medidas preventivas mínimas que deben adoptarse en una ola de calor para proteger a los trabajadores? 

  • La gestión del riesgo basada en valores de parámetros ambientales obtenidos de servicios meteorológicos o medidos directamente en el lugar de trabajo. 
  • La correcta gestión de horarios, evitando trabajos en el exterior en las horas centrales del día, o al menos ordenando los trabajos según su carga metabólica, para realizar los más pesados en las horas iniciales del día. 
  • La formación e información a los trabajadores sobre los riesgos asociados a los episodios de calor extremo, las medidas preventivas establecidas, los efectos del calor sobre la salud y su correcta identificación. 
  • La disposición de agua fresca y pautas supervisadas de rehidratación para una suficiente reposición de líquidos perdidos por sudoración. 
  • También se deberán reponer las sales minerales perdidas. 
  • La disposición de zonas de descanso aclimatadas o al menos a la sombra. 
  • El establecimiento de medidas de actuación en situación de emergencia, cuando se detecten síntomas de golpe de calor o fases próximas. 

¿Qué papel juega la sensibilización de los trabajadores en la aplicación efectiva de estas medidas? 

Juega un papel fundamental para que los trabajadores se conciencien de la gravedad de los efectos del calor intenso y apliquen correctamente las medidas preventivas que establezca la empresa. 

Sanciones para aquellos que incumplan la normativa sobre el calor extremo

¿Qué consecuencias legales o sanciones puede afrontar una empresa si no cumple con estas medidas durante un episodio de calor extremo? 

En función de lo establecido en los artículos 12 y 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, estaríamos hablando de infracciones graves o muy graves. También se deberá tener en cuenta el artículo 39 sobre criterios de graduación de las sanciones. 

En materia de prevención de riesgos laborales, las infracciones graves se sancionan con importes entre 2.451 y 49.180€, mientras que las muy graves entre 49.181 y 983.736€.

Los errores más comunes son la infravaloración del riesgo y no adaptar la jornada