El tipo de cotización por cese de actividad empezará a subir a partir de 2017 y llegará al 4% en 2020

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Usar los recursos de las mutuas les reportará unos beneficios de unos 300 millones y los cambios de gestión de la IT ahorrarán 227 millones

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El tipo de cotización aplicable a los autónomos para tener derecho a la prestación por cese de actividad comenzará a subir a partir de 2017 y alcanzará el 4% en el año 2020, según consta en la memoria de impacto económico que acompaña al proyecto de ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Según consta en dicho documento, que recoge Europa Press, tras un periodo transitorio de dos años en el que se aplicará un tipo del 2,2%, éste comenzará a subir, pasando al 2,7% en 2017, al 3,2% en 2018 y al 3,7% en 2019, hasta llegar al 4% al inicio de la próxima década.

De no seguir esta evolución, argumenta el Gobierno, los ingresos serían "insuficientes" para la cobertura de la prestación, "ocasionando incluso la insuficiencia de la dotación de reservas" de las mutuas. Según los cálculos del Ministerio de Empleo, con este cambio se evita acumular resultados negativos de hasta 141 millones de euros en el año 2020 y se limita el desequilibrio a apenas 7,84 millones, una cifra asumible para las reservas de estas entidades.

SE FIJARÁ EN LOS PRESUPUESTOS

En cualquier caso, el tipo definitivo se fijará cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para "garantizar la suficiencia financiera" del sistema y teniendo en cuenta el gasto en prestaciones por cese de actividad del último año y las bases de cotización registradas en ese periodo.

En cualquier caso, si el incremento es inferior al 0,5% o la reducción no llega al medio punto no se aplicará, lo mismo que cuando la reducción sea superior a los 0,5 puntos pero las reservas de la mutua no superen el gasto presupuestado por la prestación para el ejercicio.

Además, en ningún caso podrá el tipo quedar por debajo del 2,2% actual ni tampoco superar el 4%. En el caso de que la aplicación de la fórmula de cálculo superara ese porcentaje habría que "revisar al alza" todos los periodos de carencia en al menos dos meses.

Con estos cambios, el gasto total en este tipo de prestaciones para autónomos se mantendrá igual al que habría de mantenerse la actual regulación (292,36 millones en 2020), pero el desequilibrio entre los ingresos y los gastos de las mutuas será mucho menos acentuado gracias a que las cotizaciones pasarán de representar en 2020 un total de 165,63 millones a superar los 300 millones.

Junto a los cambios previstos para los tipos de cotización, el Gobierno también ha incluido una reducción de medio punto en el tipo por incapacidad temporal por contingencias comunes para quienes tengan protección por contingencias profesionales. De este modo, la cotización por contingencias comunes y cese de actividad para este colectivo quedará en torno al 31,5%.

COBERTURA VOLUNTARIA

El resto de condiciones de la prestación por cese de actividad permanecerán en términos generales igual que actualmente: será de carácter voluntario para los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, del Régimen del Mar y del Sistema Especial Agrario, y para su cobro requerirá un periodo mínimo de cotización de doce meses.

Así, las aportaciones de entre 12 y 17 meses darán lugar a la protección durante dos meses, e irá aumentando hasta alcanzar el año por cotizaciones superiores a los cuatro años. El cobro se percibirá desde el primer día del segundo mes posterior al de cese de actividad por causas objetivas, si bien sólo habrá que acreditarse un 10% de pérdidas anuales por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción en lugar del 30% actual.

Aunque el objetivo prevé que con esta modificación sean más los autónomos que reciben resoluciones positivas de las mutuas a sus solicitudes para obtener la prestación por cese de actividad –actualmente sólo el 26% son resueltas favorablemente–, en la memoria no se cifra el incremento de trabajadores por cuenta propia que se beneficiarán del paro a partir de ahora.

Además, se podrá acceder de nuevo a este derecho tras 24 meses desde la finalización del último proceso y la prestación equivaldrá al 70% de la base media de cotización de los doce meses anteriores. A los mayores de 60 años se les incrementará también la duración de la prestación, que será de dos meses para cotizaciones de entre 12 y 17 meses y de hasta un año por cotizaciones de 43 meses o más.

AHORROS POR OTRAS MEJORAS

Por otra parte, el proyecto de ley prevé también la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan firmar conciertos o convenios para beneficiarse "a precio de coste" de los recursos materiales y los servicios de diagnósticos de las mutuas, el 40% de los cuales están actualmente sin utilizar según afirmó la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Esta posibilidad reportará un beneficio neto superior a los 300 millones de euros anuales, según recoge la memoria de impacto normativo, que también prevé un ahorro anual de 25 millones de euros por la "mayor gobernanza en la gestión" de las mutuas a través de medidas como adaptar las retribuciones de los altos cargos de estas entidades a las del sector público u obligar a que antes del 1 de abril de 2015 vendan sus sociedades de prevención, lo que "facilitará" el pago de los 40 millones de euros de deuda que mantienen con la Seguridad Social.

El sistema público también se beneficiará de la puesta a su disposición de unos 2.100 millones de euros anuales que actualmente las mutuas depositan en sus fondos de contingencias por encima de las cantidades exigidas legalmente.

CAMBIOS EN LA GESTIÓN DE LA IT

El último gran cambio que supone el proyecto de ley afecta a la gestión de las incapacidades temporales, en las que las mutuas jugarán un papel más activo, al poder realizar seguimientos de las prestaciones desde el primer día y formular propuestas de altas, cuya autorización recaerá siempre en último término en el profesional del servicio público de salud.

De hecho, junto con el proyecto de ley el Gobierno también ha aprobado un real decreto que incluye unas tablas con las duraciones medias de las incapacidades temporales en función la patología, la edad del trabajador y su ocupación, y que también revisa cuándo deberán renovarse los partes médicos de baja según la duración prevista de cada proceso.

El objetivo de estas medidas es limitar el número de bajas de más de dos semanas y su duración, y "reducir el absentismo laboral" en los procesos de menos de 16 días a través de una "mejora de la prestación de servicios sanitarios con un seguimiento del proceso, lo que conllevará un mayor gasto que "se verá compensado por una menor pérdida de días de trabajo".

El Gobierno confía en que esto tendrá "sin duda un impacto beneficioso sobre la salud de los trabajadores, trasladando parte del coste a un mayor gasto sanitario y, al mismo tiempo, consiguiendo ahorros en la cuantía del subsidio por la menor duración de los procesos".

En concreto, la nueva forma de gestión de las incapacidades temporales por parte de las mutuas supondrá una reducción del gasto del 20% aproximadamente, lo que conllevará un ahorro de 227 millones de euros en cada ejercicio.

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