El Gobierno exime a las empresas extranjeras no residentes de pagar el gravamen especial sobre inmuebles

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Las empresas extranjeras que no estén afincadas, salvo aquellas residentes en paraísos fiscales, no tendrán que pagar desde el próximo 1 de enero el gravamen especial sobre bienes inmuebles del 3% que hasta soportaban.

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

Las empresas extranjeras que no estén afincadas, salvo aquellas residentes en paraísos fiscales, no tendrán que pagar desde el próximo 1 de enero el gravamen especial sobre bienes inmuebles del 3% que hasta soportaban.

Así se recoge en una enmienda que el PP va a introducir en el proyecto de Ley de Medidas Tributarias, que actualmente está en tramitación en el Senado.

Esta enmienda modifica el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, que contemplaba un gravamen especial sobre los bienes inmuebles del 3% para "las entidades no residentes que sean propietarias o posean en España, por cualquier título, bienes inmuebles o derechos reales de goce o disfrute sobre éstos".

En la nueva redacción propuesta por los 'populares' el gravamen pasa a referirse sólo a "las entidades residentes en un país o territorio que tengan la consideración de paraíso fiscal", con lo que el resto quedan exento del pago.

Por otro lado, el PP ha introducido vía enmienda los cambios contemplados en la reforma del alquiler para las Sociedades Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (Socimi), de forma que éstos entren en vigor el 1 de enero y no se demoren por el trámite parlamentario de dicha reforma.

Entre estos cambios, destaca el establecimiento de una tributación a tipo cero para estas entidades respecto de las rentas y de un gravamen especial del 19% sobre los dividendos distribuidos a aquellos socios con una participación de, al menos, el 5% de la entidad.

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