Los fiscales de Seguridad Vial decidirán si el límite afecta al Código Penal

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Los fiscales delegados de Seguridad Vial fijarán en una reunión a principios de abril una postura común sobre si la limitación de 110 km/h en autovía y autopista aprobada por el Gobierno debe afectar o no a la aplicación del Código Penal, de manera que en lugar de considerarse delito superar los 200 km/h en estas vías, como hasta ahora, se considere delito el exceder los 190 km/h.

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

Los fiscales delegados de Seguridad Vial fijarán en una reunión a principios de abril una postura común sobre si la limitación de 110 km/h en autovía y autopista aprobada por el Gobierno debe afectar o no a la aplicación del Código Penal, de manera que en lugar de considerarse delito superar los 200 km/h en estas vías, como hasta ahora, se considere delito el exceder los 190 km/h.

El Código Penal contempla como delito contra la Seguridad Vial "conducir un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente", por lo que desde algunas asociaciones de conductores se ha señalado que el nuevo límite de velocidad podría provocar que se comenzase a considerar delito excesos de velocidad a partir de 191 km/h.

Sin embargo, fuentes de la Fiscalía consultadas por Europa Press aseguran que los fiscales delegados de Seguridad Vial aún no tienen "una postura firme" sobre este tema, que tratarán en una próxima reunión a principios de abril. Además, las mismas fuentes han señalado que "en principio es discutible" que vaya a ser delito conducir a partir de 191 km/h", ya que "los delitos contra la seguridad vial tienen que afectar a la seguridad vial".

En este sentido, desde Fiscalía se asegura que, del mismo modo que el Gobierno ha decidido que el nuevo límite de velocidad no afecte al carné por puntos, debido a que las razones para reducir el límite han sido de carácter financiero o económico, "cabría la posibilidad de pensar" que este tipo motivaciones, ajenas a la seguridad vial, no son las adecuadas para imputar a un conductor por un delito por superar los 190 km/h.

Por ello, a pesar de que el Código Penal establece que conducir un vehículo en autopista o autovía a más de 80 km/h a la permitida, y por tanto, con el nuevo límite, a 191 km/h, es delito, los fiscales de seguridad vial se plantean dejar el límite de lo que es delito y no lo es en los 200 km/h, como hasta ahora, ya que "no hay una relación de seguridad vial que justifique esa bajada".

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