Juristas de la UE cuestionan la legalidad de la 'Tasa Tobin'

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Bruselas niega que la tasa sea discriminatoria y pide a los Gobiernos seguir adelante

Bruselas niega que la tasa sea discriminatoria y pide a los Gobiernos seguir adelante

BRUSELAS/LONDRES, 10 (EUROPA PRESS)

El plan para imponer a partir de 2014 una tasa a las transacciones financieras en 11 de los países miembros de la Unión Europea, incluido España, «infringe» los tratados de la UE y resulta «discriminatorio» para los países no firmantes de la iniciativa, según recoge un documento elaborado por los servicios legales del Consejo de la UE, el órgano que reúne a los Gobiernos de los 28, al que tuvo acceso 'Financial Times'.

A pesar de que las conclusiones de este organismo no son vinculantes, representan una significativa intervención que probablemente supondrá que cualquier posible acuerdo para una tasa común sea mucho menos ambicioso de lo previsto.

La Comisión Europea ha arremetido contra este dictamen y ha sostenido que la tasa a las transacciones financieras es «jurídicamente sólida y plenamente compatible con los tratados de la UE y el derecho internacional». «No plantea ningún riesgo de discriminación contra ningún Estado miembro, participe o no en la tasa», ha dicho la portavoz de Fiscalidad, Emer Traynor.

«En cualquier caso, esta opinión es una más entre las muchas que han alimentado las discusiones sobre esta propuesta y no implica la necesidad de ninguna ralentización en el trabajo para hacer avanzar la tasa», ha subrayado la portavoz.

Los once países firmantes de la iniciativa, entre los que se incluyen España, Francia, Alemania e Italia, pretenden llegar a un acuerdo para la imposición de una tasa común a las transacciones financieras, pero las conversaciones al respecto se han estancado en los detalles respecto a cómo debería aplicarse y qué alcance debería tener.

En su documento, los servicios legales del Consejo cuestionan uno de los puntos fundamentales del proyecto, el denominado «principio de residencia», que plantea gravar a las entidades en función de dónde se ubique su sede en vez de dónde se realice la transacción.

En este sentido, los expertos de la UE llegaron a la conclusión de que la definición de dónde se establece una compañía «excede la jurisdición de los Estados miembros para aplicar tributos bajo las normas del derecho internacional consuetudinario, tal como se entienden en la UE».

Por otro lado, los juristas indicaron que la medida «no es compatible» con los tratados de la UE, ya que «infringe las competencias fiscales de los Estados no participantes» y encontraron que la provisión era «discriminatoria y probablemente llevaría a distorsionar la competencia en detrimento de los miembros no participantes».

Las conclusiones de este órgano supondrán un impulso a las tesis defendidas por Reino Unido, que ha argumentado que la proposición era ilegal y superaba la jurisdicción de los países implicados.

Asimismo, la opinión representa un gran golpe para la Comisión Europea, que había insistido en la legalidad del amplio alcance de la propuesta.

De hecho, un funcionario de la UE consultado por el diario británico e involucrado en el diseño de la tasa defendió que la Comisión se mantenía en su valoración legal y discrepaba significativamente con los argumentos esgrimidos por los servicios legales del Consejo.

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