El FROB deberá cubrir la ampliación por 1.000 millones de Banco de Valencia tras recibir suscripción mínima

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El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) tendrá que cubrir la práctica totalidad de los 1.000 millones de euros de ampliación de capital de Banco de Valencia tras cerrarse el periodo de suscripción preferente y el periodo de asignación de acciones adicionales con una suscripción mínima, informó la entidad intervenida por el Banco de España a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) tendrá que cubrir la práctica totalidad de los 1.000 millones de euros de ampliación de capital de Banco de Valencia tras cerrarse el periodo de suscripción preferente y el periodo de asignación de acciones adicionales con una suscripción mínima, informó la entidad intervenida por el Banco de España a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Banco de Valencia prevé ampliar capital hasta 1.000 millones de euros, mediante la emisión de 5.000 millones de acciones acumulables e indivisibles de 0,20 euros de valor nominal. Los títulos de la entidad cerraron este miércoles a un precio de 0,155 euros.

El periodo de suscripción preferente y de solicitud de acciones adiciones (primera vuelta) se cerró con una suscripción de 7,75 millones de acciones ordinarias de nueva emisión de la entidad, que representa el 0,1551% de la ampliación de capital.

Por su parte, en el periodo de asignación de acciones adicionales (segunda vuelta) se solicitaron 420 acciones, que representan el 0,0000084% de la ampliación.

En la medida en que en la primera y segunda vuelta de la ampliación no ha sido suscrita por accionistas legitimados e inversores hasta un importe igual o superior al importe de la reducción de capital previa, un importe de 24,62 millones de euros, "no resulta de aplicación el supuesto extraordinario de retirada de órdenes de suscripción previsto", indicó la entidad.

Así, se abre ahora el periodo de asignación de nuevas acciones al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) o al FROB. En el caso en que el FGD decidiese no suscribir estas acciones o finalizara el plazo de suscripción sin haber sido suscritas, el FROB suscribiría las acciones nuevas no suscritas que correspondan de conformidad con el Plan de Reestructuración que apruebe el Banco de España, en el plazo de cinco días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo inicial de 45 días.

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