Las adquisiciones de suelo por la Sareb dejarán de estar exentas del pago de las plusvalías

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Estand de la Sareb en el Barcelona Meeting Point (BMP) 2013
Las adquisiciones de terreno que realice la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) dejarán de estar exentas del pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, de tal manera que el llamado 'banco malo' no sea el que asuma el coste de este gravamen en el momento de la venta.

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

Las adquisiciones de terreno que realice la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) dejarán de estar exentas del pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, de tal manera que el llamado 'banco malo' no sea el que asuma el coste de este gravamen en el momento de la venta.

Así lo ha planteado el PP a través de una enmienda al proyecto de ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, que persigue modificar la Ley reguladora de las haciendas locales, donde se incluyó una previsión para que las entidades bancarias no tuvieran que pagar la plusvalía municipal al transmitir activos a la Sareb.

Ahora, los 'populares' introducen una precisión técnica para evitar que la exención fiscal se aplique también a las adquisiciones que realice el propio 'banco malo' en función de su actividad ordinaria, ya que la actual redacción permitía que los vendedores de esos activos no devengaran obligaciones de pago del Impuesto.

"Esto provocaba que la Sareb asumiera, de cara al cálculo del Impuesto en la posterior transmisión de sus activos que lleve a cabo, tanto el periodo de tiempo durante el que mantenga la titularidad de los mismos como el tiempo durante el que su transmitente fue propietario, con el consiguiente incremento de tributación que tendría que ser soportado por la Sareb", justifica el PP.

LEY CONCURSAL

Por otra parte, los 'populares' también proponen con otra enmienda modificar la Ley Concursal, de tal manera que los préstamos o créditos transmitidos al 'banco malo' y que sean de su titularidad o de quienes los adquieran sean considerados propiedad de entidades financieras a los efectos del cómputo de la mayoría necesaria para la homologación judicial de un acuerdo de refinanciación.

Y es que, según la normativa vigente, si los titulares de al menos el 55% del pasivo titularidad de entidades financieras alcanza un acuerdo de refinanciación éste podrá homologarse judicialmente, con lo que los efectos de la espera pactada se extenderá al resto de entidades financieras acreedoras no participantes del acuerdo o disidentes cuyos créditos no estén dotados de garantía real.

Ahora, se plantea añadir que los préstamos o créditos transmitidos a la Sareb o de quienes los adquieran de ella sean considerados propiedad de entidades financieras para poder ser contabilizados dentro de esa mayoría necesaria para la homologación judicial.

Los 'populares' justifican este cambio en que el 'banco malo' mantiene una posición acreedora "equiparable" a la de las entidades financieras, por lo que si no se le cuenta como tal se podría "debilitar" su posición acreedora y, por ende, verse abocado a "una solución contraria a sus intereses a pesar de tener un porcentaje muy relevante del pasivo total" de la compañía en concurso.

"Con la equiparación se pretende que la Sareb o quienes adquieran sus créditos tengan la misma consideración que las entidades financieras y que su pasivo compute a efectos de cumplimiento de los requisitos para la homologación judicial", insiste el PP.

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