Anpier estudia reclamaciones contra Industria por atraer a inversores fotovoltaicos con publicidad engañosa

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Imagen De Una De Las Instalaciones Fotovoltaicas
Los servicios jurídicos de la Asociación Nacional de Productores e Inversores en Energías Renovables (Anpier) están estudiando reclamaciones de "daños y perjuicios" contra el Instituto para la Diversifición y Ahorro de Energía (IDAE) y contra el Ministerio de Industria por atraer inversores al sector fotovoltaico con "publicidad engañosa" y unos datos que "han resultado ser falsos".

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

Los servicios jurídicos de la Asociación Nacional de Productores e Inversores en Energías Renovables (Anpier) están estudiando reclamaciones de "daños y perjuicios" contra el Instituto para la Diversifición y Ahorro de Energía (IDAE) y contra el Ministerio de Industria por atraer inversores al sector fotovoltaico con "publicidad engañosa" y unos datos que "han resultado ser falsos".

Anpier realiza este anuncio en una nota de prensa a la que añade una filmina extraída de una presentación del IDAE con fecha de febrero de 2006. En ella se asegura que la rentabilidad de las inversiones puede superar el 9% a un plazo de 25 años y se recuerda que los bancos ofrecen una "financiación sustancial" equivalente al 80%.

Durante aquel 2006, el IDAE realizó una campaña de promoción de inversiones en fotovoltaica con el reclamo 'El sol puede ser tuyo', que sirvió para atraer a 55.000 familias que ahora deben asumir una inversión "ruinosa". Los inversores fueron muchas veces "pequeños ahorradores agrupados en cooperativas solares ubicadas en entornos rurales, en muchos casos desfavorecidos", afirma Anpier.

La asociación indica que la Ley General de Publicidad, Ley 34/1988 es "muy clara a este respecto" y en su artículo 2 define como publicidad "toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones".

El artículo 4 considera que la publicidad engañosa es la que de cualquier manera, incluida su presentación, induce o pueda inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor. También lo es la que silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios.

El IDAE, adscrito al Ministerio de Industria y por entonces dirigido por Enrique Jiménez Larrea, animó a invertir en renovables no solo con datos económicos que no se cumplieron, sino con el mensaje de que era una inversión "ética y patriótica", dice Anpier.

En la filmina de presentación, el instituto afirmaba: "Usted está contribuyendo al desarrollo sostenible de su comunidad, ya que está evitando la emisión de CO2 a la atmosfera".

SENTENCIA DEL SUPREMO.

Anpier recuerda que esta semana se ha conocido una sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de una entidad que atrajo a inversores mediante publicidad para desarrollar una planta de generación fotovoltaica en uno de sus terrenos.

El Supremo confirma la nulidad de la venta a uno de los clientes y obliga a la empresa promotora a reintegrar el precio abonado, de 480.000 euros, así como los intereses, porque la información ofrecida antes de la firma era "errónea y equivocada".

Anpier considera que la sentencia sienta un precedente y sirve de base para denunciar las prácticas del IDAE. El presidente de la asociación, Miguel Angel Martínez-Aroca, aseguró que se defenderán los derechos de los inversores "por todas la vías, en todas las instancias y por cualquier cauce".

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