La CEOE pide no aplicar la desindexación a contratos de obra o servicio para no desincentivar las inversiones

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El presidente de la CEOE Juan Rosell
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha enviado a los grupos parlamentarios del Congreso unas propuestas de modificación para el proyecto de ley de Desindexación de la Economía, actualmente en tramitación en la Cámara, con las que pide que estas medidas no se apliquen a los contratos de obra y servicio para no desicentivar las inversiones.

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha enviado a los grupos parlamentarios del Congreso unas propuestas de modificación para el proyecto de ley de Desindexación de la Economía, actualmente en tramitación en la Cámara, con las que pide que estas medidas no se apliquen a los contratos de obra y servicio para no desicentivar las inversiones.

En el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, la patronal plantea una docena de cambios en el texto remitido por el Gobierno que giran en torno a la idea de que dejar de actualizar los precios públicos en función del IPC tendrá una "gran trascendencia" por lo que es necesario regularla "con cautela y reflexión" para evitar que los objetivos positivos que se persiguen "acaben incidiendo negativamente en los niveles de inversión y empleo".

"La indexación de determinados factores de la economía a un índice publicado y conocido de manera regular, con la aplicación automática de una fórmula matemática, ha conllevado una economía de recursos en la gestión, evitando la discrecionalidad de la Administración, garantizando la seguridad jurídica e incentivando la inversión de capitales", añade la CEOE, advirtiendo de que una "exclusión genérica" de todos los contratos públicos "supone una ruptura del equilibrio económico" que "es motivo de preocupación" para los empresarios.

RESPETAR AL MENOS LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO

Por eso, el organismo que preside Joan Rosell propone que la norma no se aplique a "cualquier valor monetario" del sector público, argumentando que "el sistema de revisión de precios vigente está perfectamente adaptado a la contratación pública" y recordando que "ha sido renovado recientemente".

En caso de que esto no fuera posible, la CEOE plantea excluir de la norma general de desindexación a los contratos de obra, concesión de obra pública, gestión de servicio público, de servicios, concesiones demaniales y de suministro de fabricación, que a su entender deberían seguir rigiéndose por la vigente Ley de Contratos del Sector Público. Por eso, piden también eliminar todas las modificaciones de esta normativa que se incluyen en el proyecto de Desindexación.

Estas excepciones que reclama la patronal se justifican en que "en los contratos de larga duración la no revisión referenciada al IPC provocaría un desincentivo a la promoción de nuevos proyectos y a la atracción de capital nacional y extranjero, con el consiguiente perjuicio para la actividad, desarrollo y ocupación de la economía española" tanto por el menor valor de los contratos públicos como por la incertidumbre sobre el futuro.

Además, la desindexación en esos casos acabaría provocando una "desactualización" de las tarifas, pudiendo incluso llegarse a "tarifas reales irrisorias" a largo plazo, o bien dar lugar a precios iniciales elevados y "desproporcionados" para poder "preservar la viabilidad" del proyecto.

A LOS CONTRATOS FUTUROS

De no prosperar ninguno de estos cambios, la CEOE exige que al menos los cambios en la revisión de precios sólo se apliquen a los contratos firmados con posterioridad a la entrada en vigor de la ley de Desindexación, en aras de una garantía de la seguridad jurídica.

En este sentido, se propone que la revisión periódica excepcional que reconoce el proyecto de ley se haga de forma automática y sin necesidad de autorización cuando haya "variaciones en las condiciones de demanda" o para "favorecer el mantenimiento del equilibrio económico y financiero del contrato".

Para ello deberían utilizarse "precios e índices específicos de precios" que sean publicados anualmente y mediante una fórmula "única, simple, objetiva, automática, no arbitraria y homogénea" en todo el país.

En caso de mantenerse la excepcionalidad que pretende el Ejecutivo, la CEOE pide que se haga siempre en los contratos donde más del 40% del precio de licitación se destina a mano de obra y que la revisión se pueda aplicar transcurrido un año (y no dos, como recoge el proyecto de ley) de la firma, y no sólo tras superarse el 20% de ejecución presupuestaria.

En este sentido, la patronal recuerda que "existen muchas licitaciones públicas donde la carga de personal es muy importante" por lo que "obviar los costes salariales en la revisión resulta algo inviable, sobre todo en contratos con duración elevada". También señalan que en algunos casos alcanzar el 20% del importe "puede llevar muchos años" por lo que esperar hasta ese momento podría "causar un evidente perjuicio económico a las empresas".

Finalmente, también justifica la petición de aplicar estas modificaciones a las concesiones argumentando que este tipo de contratos (sobre todo los de infraestructuras) requieren de "importantes inversiones al inicio del periodo y una explotación durante un tiempo elevado", por lo que la no revisión de precios provocaría un perjuicio importante, además de reducir la competitividad de las empresas españolas frente a las de otros países.

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