El Gobierno retirará los complementos a mínimos a aquellos que fijen su residencia en otro país

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El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley en el que incluye medidas para que aquellas personas que hayan generado el derecho a percibir complementos a mínimos a sus pensiones en España, pero trasladan su residencia a otro país, dejen de cobrarlos.

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley en el que incluye medidas para que aquellas personas que hayan generado el derecho a percibir complementos a mínimos a sus pensiones en España, pero trasladan su residencia a otro país, dejen de cobrarlos.

Fuentes de Empleo indicaron que este mayor control está pensado especialmente para extranjeros que retornan a sus países de origen, donde siguen cobrando estos complementos.

En este sentido, las mismas fuentes precisaron que con esta medida, si un ciudadano, por razones ajenas a una enfermedad, sale de España durante más de 90 días, podría perder el complemento a mínimo que estuviera cobrando.

Este mayor control sólo afectará a las personas que incurran en esta situación una vez entre en vigor el Real Decreto Ley, con lo que aquellos que ya cobran los complementos a mínimos viviendo en el extranjero seguirán manteniendo este derecho.

PENSIONES DE ORFANDAD.

En la misma norma, el Gobierno corrige un vacío legal en materia de límite de edad aplicable a las pensiones de orfandad, en el caso de huérfanos con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, para evitar un trato discriminatorio de estas personas respecto a su situación anterior.

De esta forma, dicho colectivo queda exceptuado de la aplicación paulatina del límite de edad, previsto en la disposición transitoria sexta bis de la Ley General de la Seguridad Social, para los huérfanos en que sobreviva uno de los progenitores, manteniendo a estos efectos su equiparación con los huérfanos absolutos.

Además, el Gobierno plantea diversas mejoras en la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, con el objeto de facilitar la permanencia en el Régimen Especial Agrario de aquellos personas que tienen importantes periodos de inactividad, así como flexibilizar los criterios de acceso al mismo.

Por último, el Real Decreto Ley prorroga para 2013 la posibilidad para las comunidades autónomas, ya establecida en 2012, de financiar parte de las acciones de fomento del empleo con cargo a la cuota de formación profesional para el empleo.

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